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La Ley
de Licitaciones es un instrumento jurídico
diseñado para regir, modernizar y agilizar los procedimientos
de selección de contratista, llevados a cabo por los
entes públicos, entre los que se encuentran las sociedades,
en cuyo patrimonio o capital social, la Republica y/o demás
personas jurídicas señaladas en la ley, tengan
participación accionaría mayor o igual al cincuenta
por ciento (50%), tal y como es el caso de CVG ELECTRIFICACIÓN
DEL CARONÍ, C.A. (CVG EDELCA), empresa del Estado Venezolano.
La
Ley Establece la existencia de tres tipos de procedimientos de
selección, a saber: Licitación General, Licitación
Selectiva y Adjudicación Directa orientados por los principios
de economía, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad,
competencia y publicidad, que deben distinguir la conducta del
Ente Contratante en todos los actos del proceso licitatorio de
que se trate.
Dentro
de la observancia de estos principios se encuentra implícita,
la orientación al contratista acerca de los distintos procesos
y sus etapas, buscando de esta manera garantizar la mayor y mejor
participación de los competidores más aptos, constituyendo
esta la razón fundamental de la presente página.
En
los procesos se aplicarán Medidas Temporales para la Promoción y
Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (PyMIs),Cooperativas y
otras formas asociativas, productoras de bienes, prestadoras de
servicios y ejecutoras de obras, ubicadas en el país, estableciendo
márgenes de preferencias, contratos reservados y la utilización de
esquemas de contratación que impliquen la incorporación de bienes con
Valor Agregado Nacional, previstas en el
DECRETO N° 4.998
publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 38.567, de fecha 20-11-2006. |